Contratación

En algunos casos la redacción del Proyecto de Construcción lo realizan los técnicos de la Diputación. En otras ocasiones y bajo la dirección de los técnicos forales, se convoca un concurso público para contratar a una empresa la realización de la asistencia técnica para la redacción del proyecto.
Esta
contratación consta de los siguientes pasos, que por aplicación de la ley de contratos consumen aproximadamente tres meses.
1- Visto bueno por parte del Diputado del proyecto a redactar. ORDEN DE INICIO.
· Confección administrativa del expediente.
· Consignación presupuestaria
2- Consejo de Diputados. RESOLUCIÓN DEL INICIO DE LA CONTRATACIÓN.
· Publicación en BOTHA, BOPV, etc.
· Recogida de propuestas
· Apertura de PLICAS de los posibles contratistas
· Propuesta de adjudicación a la oferta más ventajosa para el interés público.
3- Consejo de Diputados. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
· Comunicación contratista
4- Formalización del contrato. INICIO DEL TRABAJO
Ejecución:

El proyecto de construcción consiste en el DESARROLLO COMPLETO de la SOLUCIÓN OPTIMA con el detalle necesario para HACER POSIBLE SU CONSTRUCCIÓN y posterior uso.
Dentro de este proyecto se debe de elaborar un PROYECTO DE TRAZADO, que contiene los ASPECTOS GEOMÉTRICOS del mismo, así como la definición concreta de los bienes y derechos afectados.
I- PROYECTO DE TRAZADO:
1- El proyecto de trazado comprenderá:
a) Memoria, en la que se describa y justifique la solución adoptada, de modo que quede claramente definido el trazado proyectado.
b) Anexos a la memoria, en los que se incluirán todos los datos que identifiquen el trazado, las características elegidas y, en su caso, la reposición de servidumbres y servicios afectados.
Entre los anexos figurarán los documentos necesarios para promover las autorizaciones administrativas previas a la ejecución de las obras y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, con la descripción material de los mismos en plano parcelario.
c) Planos de trazado, en los que se determine el terreno a ocupar por la carretera y sus elementos funcionales
d) Presupuesto
2- En documento separado se incluirá la definición y valoración de las expropiaciones precisas, así como de las servidumbres y servicios afectados, en su caso.
II- PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN:
1. El proyecto de construcción deberá redactarse con los datos y precisión necesarios que permitan ejecutar las obras sin la intervención del autor o autores del mismo.
2. El proyecto de construcción constará de los siguientes documentos:
a) Memoria descriptiva de las necesidades a satisfacer, justificación de la solución proyectada y, en especial, lo referente a la explotación de la carretera y sus elementos funcionales, obras singulares, accesos, estética y entorno medioambiental y territorial.
b) Anexos a la memoria, en los que se incluirán todos los datos de tráfico, topográficos, hidrológicos, hidráulicos, geológicos, geotécnicos, territoriales, ambientales, de seguridad vial y otros cálculos y estudios que se hubieran utilizado en su elaboración, y que justifiquen e identifiquen el trazado, características y proceso constructivo elegidos. Asimismo, se incorporarán a dichos anexos:
1. Los antecedentes administrativos del proyecto.
2. El estudio de yacimientos y procedencia de materiales.
3. Las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental, en los casos en que sea preceptiva, y en particular la concreción de las medidas correctoras y protectoras y el programa de vigilancia. En los restantes casos, la concreción de las medidas correctoras y protectoras derivadas del análisis ambiental.
4. Las medidas para garantizar la fluidez y seguridad de la circulación en el tramo de carretera afectado durante la ejecución de las obras, con expresión de los desvíos de circulación precisos y de los períodos en que no se puede perturbar dicha circulación.
5. La señalización fija y variable, el balizamiento defensa, y otras medidas para la gestión de la circulación en el tramo de carretera objeto del proyecto, tanto durante la ejecución de las obras como en su posterior explotación.
6. La ordenación de accesos o reordenación de los existentes.
7. Las medidas para armonizar y coordinar el proyecto con el planeamiento territorial y urbanístico.
8. La documentación relativa a la coordinación con otras Administraciones y entidades afectadas, incluyéndose en dicha documentación los informes emitidos y las actas de las reuniones habidas.
9. La relación de bienes, derechos y servicios afectados, identificados en el correspondiente plano parcelario.
10. Un programa del posible desarrollo de los trabajos en tiempo y coste óptimo, con carácter indicativo.
11. El estudio de los precios de las unidades de obra.
12. El presupuesto total de la inversión, incluyendo expropiaciones, modificaciones de servicios, y asistencias técnicas realizadas o necesarias.
13. La propuesta de la clasificación que deba ostentar el adjudicatario del contrato.
14. La fórmula aplicable de revisión de precios, en su caso.
c) Planos, que describan gráficamente todos y cada uno de los elementos de la carretera proyectada y de su proceso constructivo.
d) Pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar, y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra, y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas.
e) Presupuestos con mediciones, cuadros de precios, eventualmente presupuestos parciales, y presupuestos generales en todo caso.
f) Proyecto de medidas correctoras y protectoras del impacto ambiental, cuando estas medidas exijan la redacción de un proyecto para su ejecución.
g) Proyecto de seguridad e higiene en el trabajo, en su caso, redactado de acuerdo con su normativa específica.
h) Si la obra se realizara mediante explotación retribuida, será necesario acompañar los estudios relativos a su régimen de utilización y futuras tarifas.
3. Cuando el proyecto tenga por objeto obras de rehabilitación y conservación, mejoras de firme y restablecimiento de las condiciones de las vías, se podrá suprimir alguno de los extremos y documentos expresados en el apartado anterior, o reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras, y se hubiera previsto la solución de las repercusiones en la circulación durante la ejecución de la obra.
El proyecto es aprobado oficialmente por el Consejo de Diputados.